Auditoría Forense Jurisprudencia
El informe escrito (INFORME PERICIAL), equivale a una declaración previa del perito; que se entrega con antelación a la contraparte, en salvaguarda del principio de igualdad de armas, para que pueda preparar el contrainterrogatorio; y puede servir también para refrescar la memoria del perito y para ponerle de presente contradicciones entre lo anotado en el informe y lo declarado en la audiencia del juicio oral». CSJ SP, 04 may. 2011, rad. 33844